A través del Decreto 27/2021 publicado en el Boletín Oficial el Gobierno Nacional oficializó el régimen de contrato de teletrabajo. De esta manera, se reglamentó la ley que regulará la actividad laboral conocida como “home office” que se volvió habitual para muchos trabajadores en el marco de la pandemia de coronavirus.
La Secretaria de Trabajo Myriam Espinosa hizo hincapié en que la presente la ley establece los derechos y obligaciones del empleador y del trabajador bajo la modalidad de teletrabajo o trabajo remoto, además de proveer los medios tecnológicos que necesite el trabajador para desarrollar su tarea laboral, remuneración igualitaria, derecho a la desconexión digital, como así también el derecho a la reversibilidad, entre otros. Además afirmó que “el 1° de abril del corriente año entrará en vigencia el nuevo régimen Legal del Contrato de Teletrabajo previsto por la Ley Nº 27.555, tal como lo dispuso la Resolución 54/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social”.